Es un Subsidio tramitable por Bps. Que ayuda a las personas que están sin empleo por razones ajenas a su voluntad. El cual comprende a personas de 58 años de edad y 28 años de aportes al BPS.
Estas personas deben haber estado en Uruguay en esta situación de desocupación, por ejemplo cierre de Empresas, Despido, por una periodo de una año o mas.
También no ser beneficiario de ninguna otra prestación, ni ingresos de ninguna.
Este subsidio solo es compatible con pensión por Fallecimiento. En pocas palabras solo estas personas son Beneficiarias del Mismo.
Este mismo tiene una duración máxima de dos años o hasta que la persona beneficiaria se Jubile. La persona beneficiaria 2 meses antes de que termine dicho subsidio debe concurrir al BPS para empezar sus tramites de Jubilación.
Por mas Información lo Puede Hacer por la Pagina de BPS o al 1997
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